Postal
La tarjeta postal ilustrada, comunmente llamada postal, tarjeta postal o tarjeta de correo es una pieza rectangular de papelcartón, hecha para escribir o mandar correos sin necesidad de usar un sobre. Además el costo de envío suele ser menor que el de una carta normal. grueso o
En el anverso, las postales a menudo suelen llevar impreso un dibujo o fotografía, a menudo del lugar en donde se compró la misma, por lo que suelen ser un artículo habitual de venta en las tiendas de souvenirs.
El reverso de la postal se suele encontrar dividido en dos mitades: la izquierda para contener el mensaje enviado, y la derecha para poner el sello y la dirección del destinatario.
La principal diferencia con respecto a una carta convencional es que la postal no utiliza sobre así que su contenido puede ser leído con mayor facilidad, por lo que no se aconseja su uso para envíos cuya privacidad sea importante.
Una postal virtual es la que se manda a través de internet, normalmente por correo electrónico; pueden ser estáticas o animadas en Flash.
Atendiendo a cómo se genera la postal, podemos hablar de la postal híbrida, que es aquella que se confecciona online y que es impresa y enviada a su destinatario por los servicios de correo ordinario. La gran ventaja con respecto a las postales pre-impresas, es que es el usuario el que decide qué imágenes y textos van en el anverso y el reverso, con lo que se aprovechan las ventajas de la personalización, comodidad y versatilidad que ofrecen las nuevas tecnologías de la comunicación sin renunciar a un producto tangible. Su filosofía puede resumirse con la fórmula Go digital, be real.
El Arte correo utiliza a menudo este soporte como medio de difusión, tanto en su version tradicional como en la digital.
En el caso de las postales españolas de post-guerra es posible datarlas mediante la normativa del Depósito Legal, de manera que hasta el año 1957, no había nada legislado al respecto, viniendo por la parte posterior de una postal, simplemente el nombre del fotógrafo, la imprenta, etc., pero no el año.
Es a partir de entonces, 1957, cuando por el Reglamento del Servicio de Depósito Legal aprobado por Decreto de 23 de diciembre de 1957 (BOE n. 17, de 20.1.58) se ordenó que, a partir de esa fecha, todas las postales deberían llevar en su parte posterior, tras el nº de "Depósito legal", el año de edición, o en su defecto, un nº "Romano", tomando como año "0", precisamente, 1957. Es decir, si la postal lleva un "I", la imagen se obtuvo en 1958, un "V" sería 1962, "IX" 1966, y así sucesivamente.
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